
La sombra del pasado en la justicia española
Cuando se pactó la transición de la dictadura franquista a la democracia mediante una reforma consensuada, la gran incógnita era saber cómo responderían las Fuerzas Armadas. Curiosamente, cuando todo parecía encarrilado, estalló la revuelta de los jueces contra el Gobierno. Se abría así la posibilidad de un “golpe blando” que sencillamente no se había contemplado. El lawfare o guerra jurídica -el uso y abuso de la judicatura para desprestigiar o inhabilitar a adversarios políticos- se popularizó en Brasil en 2014 contra el presidente Lula y, más recientemente, en España contra Podemos. Ahora es el turno de Pedro Sánchez.
La solera de los jueces franquistas
Para elaborar brandy, las barricas se apilan unas encima de otras; se comercializa una parte del líquido de las situadas en el suelo y estas se rellenan con el contenido de las superiores. Algo similar ha ocurrido entre las generaciones de magistrados desde la Transición. Cuando se disolvió el infame TOP (Tribunal de Orden Público), de sus dieciséis jueces, cinco fueron ascendidos al Tribunal Supremo y otros siete se incorporaron a la Audiencia Nacional. Aunque la justicia española no es biológicamente endogámica, el peculiar modus operandi de las oposiciones favorece a quienes son tutelados y preparados por determinados jueces o exjueces. Esto dificulta un acceso realmente democrático a la carrera judicial y genera una continuidad doctrinaria.
Aplicar no lo que dice la ley, sino lo que creo que dice
La realidad es que, como afirmaba Karl Binding, “para un juez solamente es ley la interpretación que él mismo hace de ella”. Esto significa que, aunque constitucionalmente la justicia emana del pueblo -representado por el Poder Legislativo en las leyes que aprueba-, en la práctica la judicatura puede aplicar interpretaciones que apunten en sentido contrario. Esto genera un doble rasero dependiendo del sesgo ideológico.
Muestra de ello son las acusaciones construidas contra la esposa y el hermano del presidente, así como contra el fiscal general del Estado, las cuales carecen de una base indiciaria mínima. En estos casos parece aplicarse la peligrosa máxima de “ninguna prueba, pero ninguna duda”. Sin embargo, si solo existen intuiciones, el juez tiene la obligación legal de archivar la causa o absolver al investigado, de acuerdo con el principio fundamental in dubio pro reo (en caso de duda, a favor del reo).
Los jueces se manifestaron con toga contra el Gobierno de coalición para, después, pedir amparo cuando se cuestiona su imparcialidad al iniciar procesos basados en suposiciones y corazonadas que se ajustan a sus prejuicios partidistas. A dicha sensación contribuye que la Audiencia Nacional haya sobreseído 275 imputaciones de dirigentes del Partido Popular, o el hecho de que se sumen ocho años sin sentencia en el caso Montoro, diez en Kitchen, doce en Púnica y diecisiete en Gürtel; retrasos que terminan blindando a figuras políticas, o que no cite al pseudosindicato Manos Limpias para que aporte las pruebas que afirma tener sobre un supuesto atentado terrorista que planea Pedro Sánchez.
El colmo llega, cuando escribo estas líneas, con la decisión del Tribunal Supremo de establecer una ciudadanía de primera y otra de segunda, que afecta a los nacionalizados por la ley de nietos, a quienes se priva del derecho al voto. ¿El argumento? Que si votan, influirán en el resultado electoral. Sencillamente impresionante.