Ferrol sortea los integrantes de sus 84 mesas electorales para las elecciones generales del 29 de noviembre

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Pleno de este 2 de noviembre | Concello de Ferrol

El Concello de Ferrol ha realizado este lunes, 2 de noviembre, el sorteo para seleccionar a las personas que integrarán las 84 mesas electorales del municipio durante las elecciones a las Cortes Generales previstas para el próximo domingo 29 de noviembre.

La designación tuvo lugar durante una sesión plenaria presidida por el alcalde, José Manuel Rey Varela, en la que también se aprobaron las normas que regulan el procedimiento de selección.

El sorteo se efectuó mediante un sistema informático que utiliza los datos del censo electoral y permite seleccionar a los ciudadanos que desempeñarán las funciones de presidente, vocal o suplente en cada mesa.

Según los datos facilitados por el Concello, 53.326 personas podrán ejercer su derecho al voto en Ferrol durante esta convocatoria electoral.

Las personas seleccionadas recibirán en los próximos días la correspondiente notificación oficial, en la que se les comunicará su designación y las funciones que deberán desempeñar durante la jornada electoral.

Un sorteo informático para designar las 84 mesas electorales

El procedimiento de selección se desarrolló mediante un único sorteo informático, que permitió determinar los integrantes de las 84 mesas electorales distribuidas por el municipio. Para ello, el Concello utilizó los datos del censo electoral depositados en los servidores del Instituto Nacional de Estadística (INE), a través de la Oficina del Censo Electoral.

La designación se realizó mediante la aplicación específica del INE destinada a la selección de los miembros de las mesas electorales. El acceso a esta herramienta está restringido al personal funcionario autorizado y requiere la utilización de un certificado digital.

Este sistema permite efectuar el sorteo a partir de los datos censales y aplicar los criterios establecidos para la designación de los ciudadanos que deberán participar en la organización de la jornada electoral.

El Pleno municipal aprobó previamente las normas que regirán el procedimiento, antes de realizar la selección durante la propia sesión.

Requisitos para ser presidente o vocal de una mesa electoral

La designación de los integrantes de las mesas electorales está sujeta a determinados requisitos relacionados con la edad y la formación académica. Según las condiciones recogidas en la información facilitada por el Concello de Ferrol, las personas seleccionadas como presidentes de mesa o suplentes deberán ser menores de 70 años. Además, tendrán que contar, como mínimo, con el título de Bachillerato Superior o Formación Profesional de segundo grado.

De manera subsidiaria, también podrá admitirse el título de Graduado Escolar o una titulación equivalente.

En el caso de las personas designadas como vocales o suplentes, los requisitos establecidos son ser menores de 70 años y saber leer y escribir.

La selección de los integrantes se realiza a partir del censo electoral, teniendo en cuenta las condiciones exigidas para cada una de las funciones.

Cada mesa electoral estará formada por un presidente y dos vocales, además de los suplentes correspondientes. Estas personas serán las encargadas de constituir la mesa, supervisar el desarrollo de la votación y participar en el escrutinio de los votos una vez finalizada la jornada electoral.

Los seleccionados recibirán la notificación en los próximos días

Una vez realizado el sorteo, el siguiente paso será comunicar oficialmente las designaciones a los ciudadanos seleccionados. El Concello de Ferrol ha informado de que las personas elegidas recibirán la correspondiente notificación durante los próximos días. En ella se les comunicará su nombramiento como integrantes de las mesas electorales para el 29 de noviembre.

La participación en una mesa electoral constituye una obligación legal para las personas designadas, salvo que concurra alguna de las causas de excusa previstas en la normativa electoral.

Con carácter general, la legislación establece que las personas seleccionadas pueden presentar ante la Junta Electoral de Zona las alegaciones que consideren oportunas, debidamente justificadas, dentro de los siete días siguientes a la recepción de la notificación. La Junta Electoral será la encargada de valorar las circunstancias alegadas y resolver sobre la aceptación o denegación de las excusas.

Por este motivo, los ciudadanos que reciban una comunicación oficial deberán prestar atención a los plazos establecidos para realizar cualquier trámite relacionado con su designación.

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